Cancelamos 157.513 € en Albacete con la Ley de la Segunda Oportunidad
Autor: Liquida tu deuda
Publicación: 7 May, 2021
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Categoría: Casos de éxito

LIQUIDA TU DEUDA Despacho de Abogados, Cancela 157.513 € en Albacete con la Ley de la Segunda Oportunidad

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Albacete, CNA-CA. 0000297/2019, ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de Dª L.G.V. y D. A.M.S., vecinos de la Gineta (Albacete), quedando cancelada una deuda de 157.513€ contraída con 9 bancos.
El caso lo ha tramitado LiquidaTuDeuda, Despacho de Abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad.

Nosotros desconocíamos la Ley de la Segunda Oportunidad y al principio dudábamos que esto fuera posible, pero sí que es real, es duro pero si cumples unos requisitos, podréis resolver todos vuestros problemas y quedar libres de las deudas.

 

Somos una familia normal, casados en gananciales, tenemos 4 hijos. Empezamos solicitando unos pequeños préstamos, para compras diversas, mas tarde no pudimos hacer frente a las cuotas de los recibos y nos vimos en la necesidad de refinanciar la deuda, aumentando el importe del pago mensual considerablemente y viéndonos obligados a dejar de pagar para poder subsistir en su dia a dia.

 

Hemos logrado librarnos de una deuda que no podíamos pagar, ahora podemos vivir una segunda oportunidad, gracias a la excelente gestión de Liquida Tu Deuda.

 

Nos habéis devuelto una vida normal.

 

Si tú también necesitas una segunda oportunidad contacta con nuestro equipo, en Liquida Tu Deuda revisaremos de forma minuciosa tu situación y encontraremos la mejor forma de solventar cualquier problema de deudas.

Solucionamos cualquier problema de deudas con entidades públicas o privadas, creemos en una segunda oportunidad para todos aquellos que quieran empezar de nuevo sin deudas.

A esta ley se pueden acoger todos los españoles y extranjeros residentes en España que tengan deudas que ya no puedan pagar, que no estén incursos en un delito fiscal con la Administración y que el valor de la deuda sea inferior a 5.000.000 €.

Independientemente de su situación laboral, asalariados, desempleados, autónomos y societarios de empresas.

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